“IMSS otorga beneficios fiscales y facilidades a patrones afectados por OTIS”
Estimados clientes y amigos:
El pasado 2 de noviembre de 2023 el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.311023/278.P.DIR dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria de 31 de octubre del presente año, por el cual se confirman y otorgan beneficios fiscales y facilidades administrativas a patrones o sujetos obligados con centros de trabajo o establecimientos ubicados en el Estado de Guerrero”; mismo que entró en vigor el día de
su publicación.
El acuerdo en comento contempla que durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, se otorguen los siguientes beneficios fiscales y facilidades administrativas:
I)Facilidades de pago: Se autoriza las personas titulares del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Guerrero del Instituto Mexicano del Seguro Social y sus Subdelegaciones en Guerrero a ofrecer facilidades para que los empleadores afectados por el huracán ‘OTIS’ puedan convenir pagos diferidos o en parcialidades de las deudas correspondientes a octubre, noviembre y diciembre de 2023, sin necesidad de garantizar el interés fiscal. Esto sólo es aplicable a la parte de la cuota patronal que les corresponda cubrir; las cuotas que se retengan a los trabajadores deberán ser cubiertas en los términos ordinarios.
II)Diferimiento de pagos previos: Los patrones con convenios previos para diferir pagos, podrán posponer las cuotas de noviembre de 2023 hasta enero de 2024 sin
recargos adicionales.
III)Pagos a plazos especiales: Se autoriza a empleadores afectados en Guerrero solicitar el pago a plazos o diferido de las cuotas patronales por hasta seis periodos después de su solicitud, sin garantizar el interés fiscal. Esto sólo será aplicable a la cuota patronal; las cuotas respectivas al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez,
así como las que se retengan a trabajadores, deberán cubrirse en términos ordinarios.
IV)Delegación de Autoridad: Se delega a las personas titulares del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Guerrero del Instituto Mexicano del Seguro Social, la facultad de autorizar los convenios de pagos a plazos o diferidos solicitados por empleadores en los municipios afectados.
V) Suspensión de Fiscalización y Cobranza: Se instruye a las personas titulares del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Guerrero del Instituto Mexicano del Seguro Social y de sus Subdelegaciones, para que en apoyo a los patrones y demás sujetos obligados en los municipios afectados por el impacto del huracán OTIS’, se abstengan de ordenar o practicar nuevos actos de fiscalización y cobranza hasta el mes de enero de 2024.
VI) Suspensión de multas: Se instruye a las personas titulares del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Guerrero del Instituto Mexicano del Seguro Social y de sus Subdelegaciones, por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, se abstengan de imponer multas o, en su caso, dejen sin efecto las impuestas a los patrones y sujetos obligados que lo soliciten y obtengan autorización para el pago a plazos de las cuotas.
VII) Días inhábiles: Se declaran días inhábiles desde el 24 de octubre de 2023 hasta que se notifique el fin de las condiciones de emergencia, no contando plazos ni términos
legales.
VIII)Actuaciones urgentes: Las actuaciones, informes, diligencias, promociones, requerimientos y actos que resulten urgentes o que no sean susceptibles de suspensión, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, deberán desahogarse en los plazos que al efecto éstas señalen o de acuerdo con los lineamientos normativos correspondientes.
Como siempre, estamos a sus órdenes para analizar los efectos que en lo particular pudiera tener la aplicación de las disposiciones anteriores.