LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025
Estimados clientes y amigos:
El pasado 19 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025. Este documento contiene el catálogo de impuestos vigentes para el año en curso y la recaudación esperada. De acuerdo con su Artículo Primero Transitorio, esta ley entró en vigor el 1º de enero de 2025.
A continuación, destacamos los puntos más relevantes:
1. Deuda Pública
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- Endeudamiento interno: Se autoriza un monto de endeudamiento neto interno hasta por $1.58 billones de pesos para financiar el Presupuesto de Egresos de la Federación.
- Endeudamiento externo: Se autoriza un endeudamiento neto externo de hasta $15,500 millones de dólares.
- Ciudad de México: Se aprueba un endeudamiento neto de $3,500 millones de pesos para obras contempladas en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México.
2. Facilidades Administrativas
En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales:
- Recargos mensuales sobre saldos insolutos:
- o 0.98% mensual.
- Pagos a plazos:
o Hasta 12 meses: 1.26% mensual.
o Entre 12 y 24 meses: 1.53% mensual.
o Más de 24 meses o diferidos: 1.82% mensual.Se mantiene la tasa de recargos por mora en 1.47% mensual.
3. Condonación de Multas
Durante el ejercicio fiscal de 2025, se establece una condonación de multas para contribuyentes que regularicen su situación fiscal bajo los siguientes supuestos:
- Pago del 50% de la multa si el contribuyente subsana antes de la notificación del acta final o del oficio de observaciones.
- Pago del 60% si la corrección se realiza después de estos actos y antes de la resolución definitiva.
- En todos los casos, es necesario pagar las contribuciones omitidas y sus accesorios.
4. Estímulos Fiscales
- Deducibilidad de diésel y biodiésel: Para actividades empresariales, agropecuarias y transporte. Aplicable a contribuyentes con ingresos menores a $60 millones de
pesos. - Infraestructura carretera: Estímulo fiscal por gastos en autopistas de cuota para transporte terrestre.
- Sector minero: Acreditamiento del derecho especial sobre minería para ingresos menores a $50 millones de pesos.
- Enajenación de libros, periódicos y revistas: Deducción adicional del 8% sobre el costo.
5. Exenciones
- Exención del derecho de trámite aduanero por la importación de gas natural.
6. Retención de ISR
- La tasa de retención anual del ISR para 2025 será del 0.50%.
7. Estímulo Fiscal Adicional
Se otorga un estímulo fiscal del 100% sobre multas, recargos y gastos de ejecución, bajo ciertas condiciones, para contribuyentes con ingresos menores a $35 millones de pesos anuales.
Destacamos:
- Aplicable a créditos fiscales de ejercicios 2023 o anteriores, siempre que el pago se realice en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2025.
- El crédito fiscal no podrá pagarse en especie ni mediante compensación.
Notas finales:
La estructura de la Ley de Ingresos 2025 conserva en lo básico los lineamientos de la ley vigente para 2024. En breve, enviaremos un condensado de este boletín con las reglas generales que a la fecha ha emitido el Servicio de Administración Tributaria, con relación al estímulo fiscal del 100% sobre multas, recargos y gastos de ejecución.
Como siempre, Valdés Morán y Asociados quedamos a sus órdenes para cualquier consulta relacionada con esta información.