INVALIDEZ DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY PARA LA TRANSPARENCIA, PREVENCIÓN Y COMBATE DE PRÁCTICAS INDEBIDAS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD – DIC. 05, 2023.


INVALIDEZ DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY PARA LA TRANSPARENCIA, PREVENCIÓN Y COMBATE DE PRÁCTICAS INDEBIDAS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD

El pasado 8 de junio de 2023, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN) resolvió la controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), declarando la invalidez del “Decreto por el que se expide la LEY PARA LA TRANSPARENCIA, PREVENCIÓN Y COMBATE DE PRÁCTICAS INDEBIDAS EN MATERIA DE
CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD” (en adelante Ley) el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de junio de 2021.

Conforme con la exposición de motivos de la Ley, se pretendía promover la transparencia en el mercado de la publicidad, así como prevenir y combatir las prácticas comerciales que constituían una ventaja indebida a favor de ciertos sectores, buscando atacar el doble cobro de las agencias publicitarias a los anunciantes y a los medios y la venta de espacios publicitarios por parte de los medios a las agencias para su posterior reventa.

Sin embargo, esta ley modificó la forma en que operaban las agencias publicitarias, las empresas contratantes de espacios publicitarios y los medios de comunicación estableciendo un cúmulo de obligaciones para los agentes
económicos y sobre todo fuertes sanciones como multas hasta por el equivalente al 2% de los ingresos.

Ante tal circunstancia, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), promovió una controversia constitucional, la cual fue resuelta por el pleno de la SCJN invalidando el decreto por el que se expidió la Ley por las siguientes consideraciones:

• El procedimiento legislativo no respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas en condiciones de libertad e igualdad, pues no se les permitió expresar y defender su opinión en un contexto de deliberación pública.

• El procedimiento deliberativo no culminó con la correcta aplicación de las reglas de votación

• Las votaciones se dieron sin un conocimiento oportuno e informado de los dictámenes: El dictamen fue distribuido el mismo día en que se llevó a cabo la sesión, mediando solo 24 horas previas a su discusión.

Atendiendo a lo anterior la SCJN consideró que este cúmulo de violaciones al proceso legislativo resultaban suficientes para declarar la invalidez del decreto por el que se expidió la Ley, sin que fuera necesario analizar las cuestiones de fondo planteadas por la COFECE.

¿QUÉ IMPLICA LA DECLARATORIA DE INVALIDEZ POR PARTE DE LA SCJN?
La SCJN al declarar la invalidez del decreto por el que se expide la Ley en comento, con efectos generales, esta Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad deja de ser aplicable, ya que carece de eficacia jurídica.

Derivado de lo anterior, consideramos relevante, para las empresas anunciantes, para las agencias publicitarias y para los medios de comunicación, llevar a cabo un análisis detallado de las posibles implicaciones que la declaratoria de invalidez antes referida pudiera tener dentro de sus operaciones.

Como siempre, estamos a sus órdenes para analizar los efectos que en lo particular pudiera tener la aplicación de las disposiciones anteriores.