PROGRAMA “PONTE AL CORRIENTE”.
Estimados Clientes y Amigos: Como es de su conocimiento el pasado 28 de febrero de 2018, la Junta de Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la “Resolución de Carácter General mediante la cual se condonan multas fiscales, así como recargos y gastos de ejecución ordinarios por la omisión de pago de los impuestos y derechos que se indican”.
La Resolución por la que se condona el pago de los conceptos que se indican –en adelante “el Programa”-, tiene por objeto condonar el 100% del pago de multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios, pagando únicamente el crédito principal de la contribución actualizada que en su caso exista, respecto de los siguientes conceptos:
I. Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles; II. Impuesto Predial; III. Impuesto sobre Espectáculos Públicos; IV. Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos; V. Impuesto sobre Nóminas; VI. Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos; VII. Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje; VIII. Derechos por el Suministro de Agua; IX. Derechos de Descarga a la Red de Drenaje; X. Derechos a cargo de locatarios de mercados públicos previstos en el artículo 264 del Código Fiscal de la Ciudad de México; XI. Derechos de control vehicular (refrendo), y XII. Multas por infracciones a las disposiciones fiscales distintas a las obligaciones de pago.
Por último, este Programa tiene efectos a partir del 01 de marzo al 30 de abril de 2018. La información anterior es una simplificación general del contenido del “Programa”. En caso de requerir asistencia para su aplicación, con todo gusto podemos asesorarlos.