SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PRORROGA PARA MEDIDAS ANTE COVID-19


Estimados clientes y amigos:

Con fecha 30 de abril de 2020, a través del Diario Oficial de la Federación se llevó a cabo la publicación del Acuerdo1 a través del cual la Secretaría del Trabajo y Previsión Social procedió a prorrogar la declaratoria de días inhábiles, ampliándose así del 20 de abril al 30 de mayo de 2020.

En virtud de lo anterior, quedan suspendidos los términos y plazos legales de los actos y procedimientos administrativos ante la autoridad mencionada, así como su órgano administrativo desconcentrado y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

Asimismo, las actuaciones, notificaciones, requerimientos, solicitudes o promociones presentadas ante las unidades de la autoridad se entenderán realizadas hasta el día hábil siguiente, es decir, el 01 de junio de 2020. Resulta importante hacer de su conocimiento que, durante el periodo señalado, la Secretaría podrá continuar realizando inspecciones extraordinarias de trabajo; siendo que los plazos del procedimiento respectivo de aplicación de sanciones, de igual forma empezarán a computarse a partir del 01 de junio de 2020.

Por último, en el supuesto de que la autoridad de forma arbitraria pretenda efectuar actuación alguna durante el periodo de suspensión de labores, quedamos a su disposición para brindarles el apoyo necesario.

Como siempre, quedamos a sus órdenes.