GOBIERNO DE CIUDAD DE MÉXICO CONDONA PARCIALMENTE EL IMPUESTO PREDIAL
Estimados clientes y amigos:
Con fecha 16 de junio de 2020, a través de la Gaceta de la Ciudad de México se llevó a cabo la publicación de la “Resolución de carácter general mediante la cual se condona parcialmente el pago del Impuesto Predial, así como el 100% de los accesorios que se indican”, misma que estará vigente a partir del 01 de julio de 2020 hasta el 31 de agosto de 2020, y de la cual se desprende lo siguiente:
1. Se condona el 100% de recargos, multas y gastos de ejecución generados del primer al tercer bimestre del ejercicio fiscal 2020, siempre y cuando se realice el pago del impuesto respecto de dichos bimestres.
2. Se condona el 5% del pago del impuesto respecto del cuarto bimestre del ejercicio fiscal 2020.
3. Se podrá condonar el 5% del pago del impuesto respecto del quinto y sexto bimestre del ejercicio fiscal 2020, siempre y cuando se haga de forma simultánea al pago del cuarto bimestre señalado en el numeral anterior.
4. Para acceder los beneficios señalados, se deberá realizar el pago correspondiente en una sola exhibición, durante el plazo del 01 de julio al 31 de agosto de 2020.
5. Los contribuyentes que se favorezcan de los beneficios fiscales, y procedan a impugnar el pago efectuado, o proporcionen información falsa para acceder a éstos, perderán los mismos.
6. En el supuesto de que, de forma previa, se haya impugnado el cobro de créditos respecto al referido impuesto, para poder acceder a los beneficios fiscales, deberán acreditar ante la autoridad fiscal que se han desistido de los mismos.
Resulta importante señalar que, de no solicitar la aplicación de los beneficios fiscales dentro del plazo de 01 de julio de 2020 hasta el 31 de agosto de 2020, perderán el derecho para hacerlo con posterioridad.
Como siempre, quedamos a sus órdenes