“Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas”


Estimados clientes y amigos:

El pasado tres de febrero de dos mil veintitrés, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas”, el cual entró en vigor el cuatro de febrero del año en curso.

Del acuerdo en comento resulta importante destacar la siguiente información:

● Aquellos que opten por presentar su solicitud de registro ante el Registro de Prestadores de Servicios u Obras Especializadas (REPSE), deberán anexar el último comprobante del Sistema Único de Determinación (SUA) emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social en formato PDF.

● La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá solicitar en cualquier momento información o documentación adicional a las empresas beneficiarias de los servicios u obras especializadas para corroborar y validar la información.

● Se otorgan facultades específicas a la Inspección del Trabajo para revisar el cumplimiento de las reglas en materia de subcontratación y se detallan las violaciones que ameriten la cancelación del REPSE.

● Finalmente se prevén reglas para la modificación y actualización del REPSE.

Ahora bien, para consultar a detalle la información antes señalada, podrán hacerlo a través de la siguiente liga:

– https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5678731&fecha=03/02/2023#gsc.tab=0

Como siempre, estamos a sus órdenes para analizar los efectos que en lo particular pudiera tener la aplicación de las disposiciones anteriores.