SCJN VALIDA QUE LEY DEL ISR EXIJA A CONTRIBUYENTES LA PRESENTACIÓN DE UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA DEDUCIR CRÉDITOS INCOBRABLES
Estimados clientes y amigos:
El pasado 19 de abril de 2023, la Segunda Sala de la Suprema de Justicia de la Nación discutió y validó el requisito establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal 2022, el cual establece que los contribuyentes que pretendan deducir las pérdidas por créditos fiscales incobrables, deberán obtener una resolución definitiva de la autoridad competente para demostrar que agotaron la gestiones de cobro.
Ahora bien, los ministros que integran la Segunda Sala de la Corte resolvieron que el requisito validado genera certeza jurídica tanto al contribuyente como a la Hacienda Pública, toda vez que con dicha medida la autoridad fiscal contará con una resolución definitiva emitida por autoridad competente, como una prueba instrumental pública, que acredita que las pérdidas a deducir provienen de créditos incobrables y que se le hizo de su conocimiento al deudor, para que, cuando se revise a éste, la misma autoridad tenga certeza tanto de la deducción como de la acumulación.
Asimismo, se precisó que el requisito legal en comento no establece el inicio y agotamiento de cada una de las etapas del juicio o de una sentencia definitiva, toda vez que es posible que un procedimiento se resuelva sin que sea necesario dictar sentencia o que concluya por otros medios.
Por último, la Corte concluyó que el requisito validado es proporcional dado que existe una correspondencia entre los requisitos de la deducción como medio elegido y el combate a las conductas de elusión, evasión, fraude y actos ilícitos en materia fiscal, que es el fin que se persigue.
Como siempre, estamos a sus órdenes para analizar los efectos que en lo particular pudiera tener la aplicación de las disposiciones anteriores.