ENTRA EN VIGOR PAGO DE IVA SOBRE SERVICIOS DIGITALES
Estimados clientes y amigos:
Como es de su conocimiento, a través de la llamada “Reforma Fiscal para 2020”, se dio a conocer la adición de una nueva obligación para los residentes en el extranjero sin establecimiento en México que presten servicios digitales a residentes en México, de cobrar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) respecto de dichos servicios o productos; no obstante, a pesar de haberse dado a conocer desde el 01 de enero de 2020, su entrada en vigor se postergó hasta el 01 de junio de 2020, tal y como se desprende del transitorio primero de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.
Es así, que estando a unas semanas de que entre en vigor dicha obligación, el SAT mediante la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial el 04 de mayo de 2020, dio a conocer las reglas de carácter general que deberán observar dichos contribuyentes, mismas que como se ha indicado, entran en vigor el 01 de junio de 2020.
En relación con esta nueva obligación, cabría destacar los siguientes aspectos:
• Se grava a la tasa del 16% el valor de ciertos servicios o productos.
• Para la prestación de servicios de intermediación entre terceros, se estará obligado a retener el 50% del IVA respecto del vendedor del producto o prestador de servicio.
• Respecto plataformas digitales de transporte y hospedaje, se grava a la tasa del 8% del valor.
Como consecuencia de lo anterior, diversas plataformas han anunciado a los consumidores que a partir del mes de junio, el costo del producto o servicio incluirá el IVA; razón por la cual, puede incrementar el costo del mismo.
Entre las plataformas o aplicaciones que tendrán la obligación del cobro del IVA a sus consumidores se encuentran Netflix, PlayStation, Spotify, Mercado Libre, Apple Music, entre otras.
Como siempre, quedamos a sus órdenes.