“PROYECTO DE DECRETO DE REFORMA” -LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES-
Estimados clientes y amigos:
Por medio del presente, hacemos de su conocimiento que el pasado 22 de febrero del presente año las Comisiones Unidas de Economía y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores aprobaron el proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el cual busca incorporar la celebración de asambleas de socios o accionistas y juntas de órganos de administración o vigilancia por medios telemáticos, con la finalidad de facilitar, agilizar y dar plena certeza jurídica a su celebración.
Ahora bien, es importante mencionar que como parte del proceso legislativo federal, este proyecto de decreto deberá ser presentado, discutido y aprobado por
parte del pleno de la Cámara de Senadores. Asimismo en caso de ser aprobado, sin modificaciones, deberá ser promulgado por el Presidente de la República para su
posterior publicación en el diario oficial de la federación y entrada en vigor.
Sin embargo, atendiendo a su relevancia jurídica estaremos informándoles sobre el avance de este proceso, ya que una vez que se apruebe y sea publicada la reforma
a la Ley General de Sociedades Mercantiles, se incorporará lo siguiente:
a) Permitir que las asambleas de socios o accionistas, así como las reuniones de los órganos de administración y vigilancia, se puedan llevar a cabo total o
parcialmente mediante la asistencia presencial o virtual por cualquier medio telemático.
b) Flexibilizar el requisito de celebración de asambleas en el domicilio social, permitiendo que las mismas sean celebradas fuera de este, previo acuerdo entre
accionistas y socios; asimismo se establece la posibilidad de que cada accionista o socio pueda asistir a dichas reuniones por medios telemáticos o
presencialmente.
c) Preservar los principios de equivalencia plena entre el uso de medios tradicionales y los medios telemáticos, así como el de neutralidad tecnológica y
demás supletorios previstos previstos por el Código de Comercio y Código Civil Federal.
Como siempre quedamos a sus órdenes para brindarles mayor asesoría en relación con la información aquí proporcionada.