REFORMAS LEGISLATIVAS LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL


El pasado 18 de mayo de 2018, fue publicado en el Diario oficial de la Federación (DOF), el “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial”. Esta reforma actualiza nuestro sistema marcario incorporando nuevos tipos de marcas no tradicionales, como las SONORAS y las OLFATIVAS, lo que crea un régimen moderno de protección de marcas.

Consideramos que estos nuevos tipos de registro de marcas, es un gran avance que recompensa la creatividad mercadológica de muchos empresarios que han empleado estos elementos como medio de identificación de sus productos y servicios. Por otra parte, se incorporan las MARCAS DE CERTIFICACIÓN, que son signos que distinguen productos y servicios, cuyas cualidades u otras características han sido certificadas por su titular, tales como: • Los componentes de los productos; • Las condiciones bajo las cuales los productos han sido elaborados o los servicios prestados; • La calidad, procesos u otras características de los productos o servicios, y • El origen geográfico de los productos.

Las marcas de certificación tienen una amplia aplicación en la industria, el comercio y últimamente en el campo de la sustentabilidad y el medio ambiente, permitiendo a los consumidores recibir importante información sobre el origen y calidad de bienes o servicios. BOLETÍN Otra modificación importante en esta reforma, se hizo en el llamado SISTEMA DE OPOSICIÓN, que en junio cumpliría 2 años de su reciente instrumentación en la ley, pero en esta ocasión busca perfeccionarlo y dotar de certeza jurídica a las marcas registradas luego de pasar el filtro de una oposición, el cual no suspende el trámite de registro, ni prejuzgar sobre el examen de fondo.

La presente reforma entrará en vigor a los sesenta días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para lo cual nos ponemos a sus órdenes para analizar los efectos que en lo particular pudiera tener la aplicación de las disposiciones anteriores. Asimismo, en subsecuentes boletines, haremos un análisis particular sobre cada uno de los temas de esta reforma y su impacto.

COMO SIEMPRE QUEDAMOS A SUS ORDENES PARA TRATAR CUALQUIER TEMA RELACIONADO CON ESTA INFORMACIÓN.